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IVA para autónomos: qué facturar, qué deducir y qué apartar

  • Actualizado el
  • 4 min de lectura

El IVA es el impuesto que más sustos da al empezar como autónomo, y casi siempre por el mismo motivo: se cobra en enero y se paga en abril. Tres meses son suficientes para gastarse un dinero que nunca fue tuyo.

La idea que hay que interiorizar

El IVA que cobras no es un ingreso. Lo recaudas para Hacienda y lo devuelves cada trimestre. Si lo tratas como facturación, tu cuenta corriente te está mintiendo.

Qué tipo tienes que aplicar

La mayoría de autónomos factura servicios profesionales, y eso va al 21 %. Diseño, programación, consultoría, marketing, traducción, arquitectura, abogacía: todos al tipo general.

Los tipos reducidos son excepciones tasadas. Si tu actividad no está expresamente incluida, aplicas el 21 %. Elegir un tipo más bajo porque parece razonable es la vía rápida a rectificar facturas.

Hay actividades exentas

Sanidad, educación reglada y algunos seguros no repercuten IVA. A cambio, tampoco pueden deducir el IVA de sus compras. Si estás en una de ellas, tu factura no lleva IVA y normalmente no presentas modelo 303.

Cómo queda tu factura

Una factura típica de autónomo lleva dos ajustes: el IVA que sumas y la retención de IRPF que te descuenta el cliente si factura a empresas o a otros profesionales.

Factura de 1.000 € con IVA 21 % y retención del 15 %
ConceptoImporte
Base imponible1.000,00 €
IVA 21 %+ 210,00 €
Retención IRPF 15 %− 150,00 €
Total a cobrar1.060,00 €

De esos 1.060 € que entran en tu cuenta, 210 € son de Hacienda. Tuyos son 850 €, y encima brutos: sobre esa base todavía tributarás en la renta.

IVA y retención no se mezclan

La retención se calcula siempre sobre la base, nunca sobre el total con IVA. Son dos impuestos distintos que van por caminos separados: el IVA al modelo 303 y la retención al 130 o a tu declaración de la renta.

Qué IVA puedes deducir

Todo el IVA que pagas en gastos de la actividad se resta del que has cobrado, siempre que cumpla los requisitos formales.

  • Factura completa a tu nombre y con tu NIF. Un tique no vale.
  • Gasto vinculado a la actividad. Si es de uso mixto, solo la parte profesional.
  • Anotado en tu libro de facturas recibidas.
  • Dentro del plazo legal para deducirlo.
Gastos frecuentes y su tratamiento habitual
GastoIVA deducible
Ordenador, software, material de trabajo
Gestoría, formación de la actividad
Móvil e internet de uso mixtoSolo la parte profesional
Coche y combustibleNormalmente al 50 %
Comidas con clientes y regalosNo
Suministros del domicilioMuy restringido, consúltalo

Pide siempre factura, no tique

Es el motivo número uno de que un autónomo pierda deducciones. En el momento de pagar cuesta treinta segundos; en una comprobación cuesta el importe entero.

Cuánto apartar cada mes

La regla que evita el 90 % de los problemas: cada vez que cobras una factura, mueve el IVA a otra cuenta el mismo día. No al final del mes, no cuando te acuerdes.

Si además llevas gastos con IVA, lo apartado será algo mayor de lo que acabarás pagando, y esa diferencia te la encuentras en el trimestre como un pequeño colchón. Mejor eso que lo contrario.

Qué apartar por cada factura al 21 %
Facturas del trimestreIVA repercutidoA apartar
3.000 €630 €630 €
6.000 €1.260 €1.260 €
9.000 €1.890 €1.890 €

El trimestre, en cuatro pasos

  1. Suma el IVA de todas tus facturas emitidas, desglosado por tipo.
  2. Suma el IVA de tus facturas recibidas deducibles.
  3. Resta: repercutido menos soportado.
  4. Presenta el modelo 303 dentro de plazo, salga a pagar, a compensar o a cero.

Sin ingresos también se presenta

Un trimestre sin facturación se declara igual con resultado cero. No presentarlo puede acarrear sanción aunque no debas nada.

Los errores que más caros salen

  • Gastarse el IVA cobrado y llegar a abril sin liquidez.
  • Guardar tiques en lugar de facturas.
  • Aplicar un tipo reducido sin que la actividad esté incluida.
  • Olvidar el saldo a compensar del trimestre anterior y pagar de más.
  • Facturar a Canarias, Ceuta o Melilla con IVA peninsular.
  • Deducir el 100 % del coche o del móvil sin justificación.

Esta guía no sustituye a una gestoría

Hay situaciones con reglas propias: recargo de equivalencia, operaciones intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo o regímenes especiales. Si tu caso encaja en alguna, confírmalo con un profesional o en la Agencia Tributaria.

Calcula el IVA de tus facturas

Saca la base, la cuota y el total de cada factura, y sabrás exactamente cuánto apartar.

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